Artículo 3. Méritos necesarios para la concesión de distinciones acreditativas.
Artículo 3 de la Orden ISM/230/2023, de 6 de marzo, por la que se regula el sistema de reconocimiento de méritos en materia de inclusión y migraciones. · BOE-A-2023-6188
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-10.
Texto consolidado
Se podrán conceder distinciones acreditativas, en relación con actuaciones vinculadas al ámbito competencial del Ministerio, a las personas físicas o jurídicas que reúnan alguno o algunos de los siguientes méritos:
a) Haber destacado por su dedicación extraordinaria en favor de colectivos emigrantes, inmigrantes, personas destinatarias del sistema de protección internacional y temporal, personas vulnerables, desfavorecidas o en situación o riesgo de exclusión social.
b) Haber prestado servicios extraordinarios en favor de los colectivos descritos en el apartado anterior.
c) Haber prestado servicios relevantes al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones en las materias previstas en el artículo 1.
d) Haber colaborado de manera destacada al estudio o investigación de los problemas en las materias previstas en el artículo 1.
e) Haber realizado actuaciones meritorias de apoyo a la inclusión social e integración laboral de los españoles en el exterior y la defensa de los vínculos de los emigrantes y sus descendientes con España y sus Comunidades Autónomas o entidades locales.
f) Haber prestado ayuda a las personas migrantes en su proceso de retorno a su país de origen, así como haber contribuido a salvar las dificultades inherentes a las migraciones y la movilidad humana.
g) Haber prestado servicios extraordinarios en apoyo a las personas exiliadas.
h) Haber actuado de manera ejemplar a favor de las personas comprendidas en alguno de los colectivos enumerados en el apartado a) de este artículo.
Más artículos de Orden ISM/230/2023
- ← Artículo 2. Finalidad del sistema de reconocimiento de méritos en materia de inclusión y migraciones.
- → Artículo 4. Régimen de concesión del reconocimiento de méritos.
- Ver la norma completa: Orden ISM/230/2023, de 6 de marzo, por la que se regula el sistema de reconocimiento de méritos en materia de inclusión y migraciones.