Artículo 3. Importe íntegro.
Artículo 3 de la Orden INT/212/2023, de 1 de marzo, de regulación de la dieta de los miembros de las mesas electorales. · BOE-A-2023-5750
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-07.
Texto consolidado
El derecho a la dieta lo será en su importe íntegro, con independencia del tiempo de la jornada electoral que se haya estado desempeñando el cargo.