Artículo 3. Plazo de presentación del modelo 780, «Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras. Autoliquidación».
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-05-30.
Texto consolidado
La presentación del modelo 780 se realizará en el plazo previsto en el apartado quince de la disposición final novena de la Ley 7/2024, de 20 de diciembre.
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- Ver la norma completa: Orden HAC/532/2025, de 26 de mayo, por la que se aprueban el modelo 780 «Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras. Autoliquidación» y el modelo 781 «Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras. Pago fraccionado» y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación.