Artículo 3. Ámbito de aplicación.
Artículo 3 de la Orden FOM/3200/2007, de 26 de octubre, por la que se regulan las condiciones para el gobierno de embarcaciones de recreo. · BOE-A-2007-19071
Atención: Orden FOM/3200/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Lo dispuesto en esta orden será de aplicación con carácter general a todas las actividades relacionadas con la impartición de enseñanzas y obtención y expedición de los títulos náutico deportivos, sin perjuicio de lo que establezca la normativa propia de las Comunidades Autónomas que hayan asumido competencias en estas materias.