Artículo 3. Obligados a presentar el modelo 170.
Atención: Orden EHA/97/2010 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Deberán presentar la declaración informativa de las operaciones realizadas por los empresarios o profesionales adheridos al sistema de gestión de cobros a través de tarjetas de crédito o de débito, modelo 170, las entidades bancarias o de crédito y demás entidades que, de acuerdo con la normativa vigente, presten el servicio de gestión de cobros a través de tarjetas de crédito o de débito a empresarios o profesionales establecidos en España.
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