Artículo 3. Utilización de los servicios de la cuenta de pago básica.
Artículo 3 de la Orden ECE/228/2019, de 28 de febrero, sobre cuentas de pago básicas, procedimiento de traslado de cuentas de pago y requisitos de los sitios web de comparación. · BOE-A-2019-3113
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-03-25.
Texto consolidado
La utilización de las cuentas de pago básicas por los clientes responderá a los principios de buena fe y uso razonable, no pudiendo amparar:
a) la utilización de servicios de pago que por su frecuencia, su naturaleza o sus características resulten ostensiblemente distintos de los que corresponden a un cliente, ni
b) su uso para finalidades profesionales distintas de las que corresponden a un consumidor.