Artículo 3. Representación de la deuda.
Artículo 3 de la Orden ECC/41/2012, de 16 de enero, por la que se dispone la creación de Deuda del Estado durante el año 2012 y enero de 2013 y se delegan determinadas facultades en el Secretario General del Tesoro y Política Financiera. · BOE-A-2012-721
Atención: Orden ECC/41/2012 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La Deuda del Estado en valores denominada en euros que se ponga en circulación en virtud de lo previsto en el artículo 2 estará representada exclusivamente mediante anotaciones en cuenta.
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