Artículo 3. Organización.
Artículo 3 de la Orden DEF/622/2024, de 13 de junio, por la que se establecen las normas generales reguladoras del Registro de Personal del Ministerio de Defensa y de su funcionamiento. · BOE-A-2024-12705
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-06-25.
Texto consolidado
1. El REPEMI, como parte integrante de SIPERDEF, es responsabilidad de la persona titular de la Dirección General de Personal (DIGENPER), que la ejercerá a través de la Subdirección General de Planificación y Costes de Recursos Humanos.
2. Corresponde a los Mandos o Jefaturas de Personal de los Ejércitos y la Armada, al Mando de Adiestramiento y Doctrina del Ejército de Tierra, a la Dirección General de Personal y a la Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar, en el ámbito de sus respectivas competencias, el control de los datos introducidos en SIPERDEF, con el objeto de garantizar la integridad y corrección de la información que contiene.