Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Artículo 2 de la Orden DEF/622/2024, de 13 de junio, por la que se establecen las normas generales reguladoras del Registro de Personal del Ministerio de Defensa y de su funcionamiento. · BOE-A-2024-12705
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-06-25.
Texto consolidado
1. Esta orden ministerial será de aplicación a todo el personal que preste o haya prestado servicio en el Ministerio de Defensa y al personal que haya causado baja en el Ministerio de Defensa.
2. Por excepción, esta orden no será aplicable al personal civil, funcionario o laboral, que se encuentre inscrito en el Registro Central de Personal.