Artículo 3. Incompatibilidad de ser profesor y alumno.
Artículo 3 de la Orden DEF/426/2017, de 8 de mayo, por la que se aprueba el Régimen del profesorado de los centros docentes militares. · BOE-A-2017-5473
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-06-06.
Texto consolidado
1. Los profesores de los centros docentes militares no podrán ejercer como tales, en aquéllas actividades docentes de cualquier índole, que se impartan en su centro docente, para las que hayan sido nombrados alumnos.
2. No obstante lo anterior, podrán colaborar puntualmente, en el desarrollo del módulo, materia o asignatura, siempre que por la experiencia de destinos o cargos anteriores se considere conveniente.