Artículo 3. Identificación y titularidad de la sede electrónica y de su gestión.
Artículo 3 de la Orden ARM/598/2010, de 4 de marzo, por la que se crea la Sede Electrónica del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino. · BOE-A-2010-4221
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-03-16.
Texto consolidado
1. La dirección electrónica de referencia de la SECMARM será https://sede.marm.gob.es
2. La titularidad de la sede corresponderá a la Subsecretaría del Departamento.
3. La gestión tecnológica será competencia de la Subdirección General de Sistemas Informáticos y Comunicaciones del Departamento.
4. La gestión de los contenidos y de los servicios puestos a disposición de los ciudadanos en la SECMARM corresponderá a los titulares de los órganos directivos del Departamento y, en su caso, a los titulares de los organismos públicos adscritos al mismo, en el marco de las competencias que les atribuya la legislación que sea de aplicación.
5. La gestión de los contenidos comunes de la sede y la coordinación con los centros directivos del Departamento y, en su caso, con los organismos públicos adscritos al mismo, corresponderá a la Inspección General de Servicios.