Artículo 3. Infracciones y sanciones.
Artículo 3 de la Orden APA/779/2025, de 11 de julio, por la que se establece una zona de veda en los montes coralinos de Cabliers, en el mar de Alborán. · BOE-A-2025-15207
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-07-23.
Texto consolidado
El incumplimiento de lo dispuesto en la presente orden se sancionará de acuerdo con lo previsto en el título V de la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado.