Artículo 3. Cooperativas protegidas.
Artículo 3 de la Ley Foral 9/1994, de 21 de junio, reguladora del régimen fiscal de las cooperativas. · BOE-A-1994-19853
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-01-01.
Texto consolidado
Las cooperativas se considerarán protegidas cuando se ajusten a los principios y disposiciones de la Ley Foral 12/1989, de 3 de julio, de Cooperativas de Navarra, o de la Ley 3/1987, de 2 de abril, General de Cooperativas, o de las Leyes de Cooperativas de las Comunidades Autónomas con competencia en esta materia, siempre que no concurra cualquiera de los supuestos previstos en el artículo 9 de esta Ley Foral.