Artículo 3. Principios de organización y funcionamiento.
Artículo 3 de la Ley 9/1999, de 9 de abril, de creación del Instituto Aragonés de Empleo. · BOE-A-1999-10153
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-04-18.
Texto consolidado
En su organización y funcionamiento, así como en el ejercicio de sus competencias, el Instituto Aragonés de Empleo se ajustará a los siguientes principios:
a) Participación tripartita y paritaria en los órganos gestores.
b) Carácter gratuito y acceso universal.
c) Racionalización y eficacia en los procedimientos.
d) Planificación y coordinación administrativa.
e) Descentralización y desconcentración en la gestión.
f) Eficiencia en la gestión de los recursos.
g) Transparencia y publicidad en la actuación administrativa.
h) Respeto de los principios de igualdad de oportunidades y no discriminación.
i) Colaboración y coordinación con el resto de organismos y Administraciones Públicas, en especial con el servicio público de empleo estatal.