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Ley Vigente

Artículo 3. Sujetos protegidos.

Artículo 3 de la Ley 9/1998, de 22 de julio, sobre prevención, asistencia e inserción social en materia de drogodependencias. · BOE-A-1998-20139

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-08-27.

Texto consolidado

Todos los residentes en Canarias tienen derecho a ser atendidos en cualquiera de los centros o servicios públicos o concertados de la Comunidad Autónoma. Las personas no residentes en Canarias tendrán derecho a la atención en la forma y condiciones previstas en la legislación y en los convenios nacionales e internacionales de aplicación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-08-27.

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