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Ley Vigente

Artículo 3. Finalidad.

Artículo 3 de la Ley 8/2018, de 14 de diciembre, por la que se regulan las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Castilla y León y el Consejo de Cámaras de Castilla y León. · BOE-A-2019-805

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-01-16.

Texto consolidado

1. Las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Castilla y León tienen como finalidad la representación, promoción y defensa de los intereses generales del comercio, la industria y los servicios, así como la prestación de servicios a las empresas que ejerzan las indicadas actividades. Asimismo, ejercerán las competencias de carácter público que les atribuye esta ley y las que les puedan ser asignadas por las Administraciones Públicas con arreglo a los instrumentos que establece el ordenamiento jurídico.

2. Las actividades a desarrollar por las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios para el logro de sus fines se llevarán a cabo sin perjuicio de la libertad sindical y de asociación empresarial, de las facultades de representación de los intereses de los empresarios que asuman este tipo de asociaciones y de las actuaciones de otras organizaciones sociales que legalmente se constituyan.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-01-16.

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