Artículo 3. Potestades.
Artículo 3 de la Ley 7/2022, de 3 de noviembre, de creación del Instituto Cántabro de Administración Pública "Rafael de la Sierra". · BOE-A-2022-20715
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-11-12.
Texto consolidado
El ICAP «Rafael de la Sierra» será titular, en la esfera de sus competencias, de las potestades administrativas precisas para el cumplimiento de sus fines, en los términos previstos en su Estatuto.