El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 3. Modificación del Decreto 91/2018, de 31 de octubre, por el que se establece el régimen de los horarios de los establecimientos públicos, instalaciones portátiles o desmontables destinados a espectáculos públicos y actividades recreativas.

Artículo 3 de la Ley 7/2020, de 2 de octubre, de modificación de la Ley 3/2017, de 5 de abril, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Cantabria. · BOE-A-2020-12899

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-10-02.

Texto consolidado

Se modifica el apartado segundo del artículo 3 del Decreto 91/2018, de 31 de octubre, por el que se establece el régimen de los horarios de los establecimientos públicos, instalaciones portátiles o desmontables destinados a espectáculos públicos y actividades recreativas que queda redactado como sigue:

«2. El horario general será el que se recoge en la siguiente tabla:

Horario general

Invierno

Verano

Apertura

Cierre

Apertura

Cierre

Espectáculos cinematográficos

Cines.

8:00

2:00

8:30

2:30

Autocines.

8:00

2:00

8:30

2:30

Cines de verano.

8:00

2:00

8:30

2:30

Espectáculos teatrales, musicales y artísticos

Teatros.

8:00

2:00

8:30

2:30

Teatros al aire libre.

8:00

2:00

8:30

2:30

Auditorios.

8:00

2:00

8:30

2:30

Salas multifuncionales.

8:00

2:00

8:30

2:30

Cafés Teatros.

11:00

5:00

12:00

6:00

Salas de Concierto.

11:00

5:00

12:00

6:00

Tablaos flamencos.

11:00

5:00

12:00

6:00

Locales de exhibiciones especiales con cabinas.

11:00

5:00

12:00

6:00

Espectáculos circenses

Espectáculos circenses.

8:00

2:00

8:30

2:30

Espectáculos deportivos

Vías Públicas.

8:00

2:00

8:30

2:30

Estadios.

8:00

2:00

8:30

2:30

Pabellones deportivos.

8:00

2:00

8:30

2:30

Instalaciones deportivas.

8:00

2:00

8:30

2:30

Gimnasios.

7:00

2:00

7:00

2:30

Boleras.

8:00

2:00

8:30

2:30

Espectáculos de exhibición

Espectáculos de exhibición.

2:00

8:30

2:30

Espectáculos taurinos

Espectáculos taurinos tradicionales.

8:00

24:00

8:30

0:30

Actividades culturales y sociales

Museos y colecciones que cuenten con autorización para su exposición pública.

8:00

2:00

8:30

2:30

Bibliotecas.

8:00

2:00

8:30

2:30

Ludotecas.

8:00

2:00

8:30

2:30

Videotecas.

8:00

2:00

8:30

2:30

Hemerotecas.

8:00

2:00

8:30

2:30

Palacios de congresos y conferencias.

8:00

2:00

8:30

2:30

Salas de exposiciones artísticas y culturales.

8:00

2:00

8:30

2:30

Aulas culturales.

8:00

2:00

8:30

2:30

Actividades de restauración

Bodegas.

8:00

2:00

9:00

3:00

Cafeterías, bares, lounges, cafés y degustaciones.

7:00

2:00

7:00

3:00

Bares mixtos.

7:00

3:00

7:00

4:00

Restaurantes, gastrobares, asadores, sidrerías, restaurantes móviles, cervecerías, autoservicios, casa de comidas, pizzerías, hamburgueserías, kebabs, snack bar, y otros establecimientos de elaboración-servicio o servicio de comidas y/o bebidas.

8:00

2:00

9:00

3:00

Churrerías, heladerías, chocolaterías, salones de té, bocaterías y asimilables.

8:00

2:00

9:00

3:00

Salones de banquetes.

8:00

2:00

9:00

3:00

Sociedades gastronómicas.

8:00

2:00

9:00

3:00

Karaokes.

9:30

3:00

10:30

4:00

Actividades, fiestas y celebraciones populares o tradicionales

Verbenas, romerías y similares.

9:00

3:00

10:00

4:00

Festejos taurinos de carácter popular.

8:00

24:00

8:30

0:30

Actividades de exhibición de animales

Parques zoológicos y safari Parks.

9:00

20:00

9:00

20:00

Acuarios.

9:00

20:00

9:00

20:00

Recintos de exhibición canina, caballar y otras especies.

9:00

22:00

9:00

22:00

Actividades en parques de atracciones y atracciones recreativas

Parques de atracciones.

8:00

2:00

8:30

2:30

Atracciones de feria.

8:00

2:00

8:30

2:30

Parques temáticos.

8:00

2:00

8:30

2:30

Actividades destinadas al público infantil

Centros de ocio infantil.

9:00

22:00

9:00

22:00

Áreas de juego.

9:00

22:00

9:00

22:00

Actividades recreativas o de azar

Casino.

11:00

5:00

11:00

5:00

Bingo.

9:00

3:00

10:00

4:00

Salones recreativos.

9:00

24:00

10:00

1:00

Salones de Juego.

7:00

2:00

7:00

3:00

Casas de apuestas.

7:00

2:00

8:00

3:00

Actividades de ocio y diversión

Discotecas.

11:00

5:00

12:00

6:00

Salas de fiestas y de baile con espectáculos.

11:00

5:00

12:00

6:00

Pubs, whiskerías y locales asimilados.

17:00

3:30

17:00

4:30

Actividades recreativas con particulares exigencias en su celebración

Noche de museos.

20:00

8:00

20:00

8:00

Pruebas deportivas competitivas organizadas.

Marchas ciclistas no competitivas organizadas.

Límite máximo de duración por actividad: 48 horas

Otros eventos deportivos no competitivos organizados.

Yincana urbana:

Diurna.

8:00

20:00

8:00

20:00

Nocturna.

20:00

8:00

20:00

8:00»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-10-02.

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