Artículo 3. Estatuto de la Agencia Tributaria Canaria.
Artículo 3 de la Ley 7/2014, de 30 de julio, de la Agencia Tributaria Canaria. · BOE-A-2014-9902
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-08-08.
Texto consolidado
El Estatuto de la Agencia Tributaria Canaria es la norma que regula su organización, funcionamiento y régimen jurídico. Ha de tener, en todo caso, el siguiente contenido:
a) Las funciones a desarrollar por la Agencia Tributaria Canaria y, en su caso, las facultades decisorias correspondientes a las competencias de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias que se atribuyan a dicha agencia.
b) La estructura orgánica atenderá a las particularidades del Bloque de Financiación Canario y corresponde al consejero competente en materia tributaria el desarrollo de la misma.
c) Los medios personales, materiales y económico-financieros y patrimonio que se le adscriben.