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Ley Derogada

Artículo 3. Plazos y sentido del silencio administrativo.

Artículo 3 de la Ley 7/2013, de 21 de noviembre, de adecuación de procedimientos administrativos y reguladora del régimen general de la declaración responsable y comunicación previa. · BOE-A-2014-1367

Atención: Ley 7/2013 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Los procedimientos a los que se refieren las letras a), b) y c) 2.º del artículo 2.2 de la presente ley son los establecidos en el anexo I, que fija el sentido del silencio administrativo en dichos procedimientos y determina los procedimientos con plazo de resolución y notificación superior a seis meses.

2. Los procedimientos previstos en la letra c) 1.º del artículo 2.2 de la presente ley son los establecidos en el anexo II, que fija el plazo máximo de resolución y notificación en dichos procedimientos.

3. Los plazos máximos de resolución y notificación de los procedimientos previstos en los dos números anteriores son los que se indican en sus correspondientes anexos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-12-19.

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