Artículo 3. Regímenes especiales.
Artículo 3 de la Ley 7/2011, de 5 de abril, de actividades clasificadas y espectáculos públicos y otras medidas administrativas complementarias. · BOE-A-2011-8022
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-10-15.
Texto consolidado
1. El régimen de la autorización ambiental integrada será el establecido en la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, y la normativa autonómica, en su caso, sin perjuicio de la aplicación de la presente ley en los supuestos expresamente contemplados en ella.
2. Las actividades sometidas a la normativa de evaluación del impacto ambiental se regirán por lo dispuesto en su normativa específica, sin perjuicio de la aplicación de la presente ley en los supuestos expresamente contemplados en ella.