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Ley Vigente

Artículo 3. Supresión del organismo autónomo Instituto de Vivienda y Suelo de la Región de Murcia.

Artículo 3 de la Ley 6/2013, de 8 de julio, de medidas en materia tributaria del sector público, de política social y otras medidas administrativas · BOE-A-2013-8990

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-07-11.

Texto consolidado

1. Se suprime el organismo autónomo Instituto de Vivienda y Suelo de la Región de Murcia, siendo sus funciones y objetivos asumidos por la consejería competente en materia de vivienda.

2. El personal adscrito al organismo autónomo Instituto de Vivienda y Suelo de la Región de Murcia pasa a depender de la consejería competente en materia de vivienda.

3. Los bienes adscritos y propios y los derechos y valores que constituyen el patrimonio del organismo autónomo Instituto de Vivienda y Suelo de la Región de Murcia se incorporarán al patrimonio de la Comunidad Autónoma.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-07-11.

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