Artículo 3. Capacidad para otorgar la declaración.
Artículo 3 de la Ley 6/2005, de 7 de julio, sobre la Declaración de Voluntades Anticipadas en materia de la propia salud. · BOE-A-2005-14495
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-08-15.
Texto consolidado
Toda persona mayor de edad, que actúe libremente y que no se encuentre incapacitada judicialmente para emitirla, podrá formular la declaración regulada en esta Ley.