Artículo 3. Aplicación territorial.
Artículo 3 de la Ley 6/2003, de 4 de marzo, de ganadería de la Comunidad Valenciana. · BOE-A-2003-6806
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-03-27.
Texto consolidado
Esta ley es de aplicación en el ámbito territorial de la Comunidad Valenciana, atendiendo, según la materia objeto de regulación, al lugar de permanencia de los animales o de su situación en tránsito; al domicilio de las explotaciones ganaderas o a la localización de sus unidades productivas, instalaciones y medios de producción; y, en general, al lugar de realización de las actuaciones relativas a los animales o a la actividad pecuaria.