Artículo 3. Reducciones de carácter subjetivo.
Artículo 3 de la Ley 5/2024, de 27 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas. · BOE-A-2025-2145
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-01-01.
Texto consolidado
Se modifica el artículo 6 del texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2011, de 28 de julio, de la siguiente manera:
Se modifica la letra c) del apartado dos del artículo 6, que pasa a tener la siguiente redacción:
«c) Grupo III: adquisiciones por colaterales de segundo y tercero grado y ascendientes y descendientes por afinidad: 25.000 euros.»