Artículo 3. Ámbito subjetivo.
Artículo 3 de la Ley 5/2012, de 23 de febrero, sobre Entidades de Previsión Social Voluntaria. · BOE-A-2012-3754
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-03-07.
Texto consolidado
El contenido de la presente ley se aplica a todas las entidades de previsión social voluntaria, y sus federaciones, no integradas en la Seguridad Social, constituidas o que se constituyan de acuerdo con aquella y tengan su domicilio social en la Comunidad Autónoma del País Vasco, y, en el caso de que realicen actividad aseguradora, su ámbito de operaciones, la asunción de compromisos o la localización de los riesgos.