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Ley Derogada

Artículo 3. Licencia para uso residencial.

Artículo 3 de la Ley 5/2012, de 20 de diciembre, de Viviendas Rurales Sostenibles. · BOE-A-2013-1427

Atención: Ley 5/2012 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Para la construcción de la vivienda rural sostenible se requiere solicitar licencia municipal conforme el procedimiento establecido en el capítulo III.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2012-12-28.

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