Artículo 3. Licencia para uso residencial.
Artículo 3 de la Ley 5/2012, de 20 de diciembre, de Viviendas Rurales Sostenibles. · BOE-A-2013-1427
Atención: Ley 5/2012 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Para la construcción de la vivienda rural sostenible se requiere solicitar licencia municipal conforme el procedimiento establecido en el capítulo III.