El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 3. Denominación social.

Artículo 3 de la Ley 44/2015, de 14 de octubre, de Sociedades Laborales y Participadas. · BOE-A-2015-11071

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-11-14.

Texto consolidado

1. En la denominación de la sociedad deberá figurar la indicación «Sociedad Anónima Laboral», «Sociedad de Responsabilidad Limitada Laboral», o «Sociedad Limitada Laboral» o sus abreviaturas SAL, SRLL o SLL, según proceda.

2. El adjetivo «laboral» no podrá ser incluido en la denominación por sociedades que no tengan la calificación de «Sociedad Laboral».

3. La denominación de «laboral» se hará constar en toda su documentación, correspondencia, notas de pedido y facturas, así como en todos los anuncios que haya de publicar por disposición legal o estatutaria.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-11-14.

Más artículos de Ley 44/2015

En El Vínculo puedes leer Ley 44/2015 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.