Artículo 3. Ámbito de aplicación.
Artículo 3 de la Ley 4/2007, de 28 de marzo, de Protección Ciudadana de Castilla y León. · BOE-A-2007-9097
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-05-01.
Texto consolidado
Lo dispuesto en esta Ley será de aplicación en todo el territorio de la Comunidad de Castilla y León y en todas las actuaciones y actividades que se desarrollen en el sistema de protección ciudadana de Castilla y León, sin perjuicio de lo dispuesto en la normativa estatal para el tipo de situaciones de emergencia que puedan ser declaradas expresamente de interés nacional y, en su caso, de lo que disponga la normativa europea que sea de aplicación.