Artículo 2. Finalidad de la Ley.
Artículo 2 de la Ley 4/2007, de 28 de marzo, de Protección Ciudadana de Castilla y León. · BOE-A-2007-9097
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-05-01.
Texto consolidado
La finalidad de esta Ley es promover a través de la previsión, prevención y el control de los riesgos, la protección y la asistencia a las personas cuando se vean amenazadas por un riesgo.
A los efectos de esta Ley, la protección ciudadana se configura como el derecho que tienen los ciudadanos de Castilla y León y las personas que se encuentren dentro del territorio de la Comunidad, como miembros de una sociedad a estar amparados por un sistema integral que garantice su seguridad.