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Ley Vigente

Artículo 3. Principios inspiradores.

Artículo 3 de la Ley 4/2006, de 19 de mayo, de Conservación de la Naturaleza de Cantabria. · BOE-A-2006-14083

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-06-02.

Texto consolidado

Son principios inspiradores de la presente Ley:

a) El mantenimiento de los procesos ecológicos esenciales y de los sistemas vitales básicos.

b) El mantenimiento del patrimonio y la diversidad genética de las poblaciones de flora y fauna, así como de la diversidad biológica y la conservación de las especies silvestres y sus hábitats.

c) La utilización ordenada de los recursos, garantizando el aprovechamiento sostenible de especies y ecosistemas.

d) La preservación de la variedad, singularidad y belleza de los ecosistemas naturales y del paisaje.

e) La consulta y participación en los procesos de toma de decisiones de los sectores sociales, institucionales y económicos interesados.

f) La colaboración y coordinación entre las diferentes Administraciones Públicas competentes en la elaboración y ejecución de las políticas sectoriales con incidencia sobre la conservación del medio natural y los recursos naturales.

g) La contribución a un desarrollo socioeconómico sostenible, en especial en los municipios que aportan territorio a los Espacios Naturales Protegidos.

h) El reconocimiento de la colaboración con los propietarios y el resto de titulares de derechos como una herramienta importante y conveniente para la conservación de los espacios de relevancia ambiental.

i) La promoción de la formación y de la investigación aplicada a la conservación de la naturaleza.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-06-02.

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