Artículo 3. Adscripción.
Artículo 3 de la Ley 4/1996, de 1 de julio, de creación del Consejo Asesor de Asuntos Europeos de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-1996-26265
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-07-08.
Texto consolidado
El Consejo Asesor desarrollará sus actuaciones con total independencia funcional de los restantes órganos e instituciones de la Comunidad de Madrid, sin participar en la estructura jerárquica de ésta.
La Secretaría del Consejo Asesor se integrará en la Consejería de Presidencia, a través de la Dirección General de Cooperación con el Estado y Asuntos Europeos.