Artículo 2. Naturaleza.
Artículo 2 de la Ley 4/1996, de 1 de julio, de creación del Consejo Asesor de Asuntos Europeos de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-1996-26265
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-07-08.
Texto consolidado
El Consejo Asesor de Asuntos Europeos es un órgano colegiado mixto de los regulados en el artículo 22.2 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de participación, consulta y asesoramiento en materia de asuntos europeos, dentro del ámbito de competencia de la Comunidad de Madrid.