Artículo 3. Ámbito objetivo.
Artículo 3 de la Ley 4/1995, de 6 de abril, de incompatibilidades, actividades y bienes de los altos cargos del Principado de Asturias. · BOE-A-1995-15187
Atención: Ley 4/1995 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El régimen de incompatibilidades será de aplicación a los altos cargos a que se refiere el artículo 2 de la presente Ley, con excepción de los mencionados en los apartados d) y e), que únicamente estarán sujetos a dicho régimen cuando el desempeño de tales cargos sea retribuido.