Artículo 3. Definición del Sistema Asturiano de Garantía de Derechos y Prestaciones Vitales.
Artículo 3 de la Ley 3/2021, de 30 de junio, de Garantía de Derechos y Prestaciones Vitales. · BOE-A-2021-13685
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-07-12.
Texto consolidado
El Sistema Asturiano de Garantía de Derechos y Prestaciones Vitales se configura como el conjunto ordenado e integrado de las prestaciones que tienen por finalidad procurar tanto la cobertura económica de las necesidades vitales como la aplicación de medidas de incorporación social y laboral en condiciones de igualdad en todo el territorio del Principado de Asturias.