El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 3. Ámbito personal.

Artículo 3 de la Ley 3/2015, de 12 de junio, de creación del Colegio Oficial de Dietistas-Nutricionistas de Galicia. · BOE-A-2015-8777

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-07-28.

Texto consolidado

El Colegio Oficial de Dietistas-Nutricionistas de Galicia agrupa a las profesionales y los profesionales que estén en posesión del título universitario oficial de diplomado o diplomada en Nutrición Humana y Dietética, obtenido de conformidad con lo dispuesto en el Real decreto 433/1998, de 20 de marzo, por el que se establecen el título universitario oficial de diplomado en Nutrición Humana y Dietética, así como el de graduado o graduada en Nutrición Humana y Dietética, y las directrices generales propias de los planes de estudios conducentes a su obtención, o los títulos que habiliten para el ejercicio de la profesión de dietista-nutricionista, de conformidad con el Acuerdo del Consejo de Ministros de 23 de enero de 2009 y con la Orden CIN/730/2009, de 18 de marzo, u otro título extranjero equivalente debidamente homologado por la autoridad competente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-07-28.

Más artículos de Ley 3/2015

En El Vínculo puedes leer Ley 3/2015 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.