Artículo 3. Órganos.
Artículo 3 de la Ley 3/2004, de 25 de junio, de Consejos Escolares de La Rioja. · BOE-A-2004-13062
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-07-21.
Texto consolidado
Los órganos de participación, consulta y asesoramiento en la programación de las enseñanzas, en los términos y alcance que la presente Ley y los reglamentos de desarrollo establezcan, son los siguientes:
a) El Consejo Escolar de La Rioja.
b) Los Consejos Escolares Municipales.
c) Los Consejos Escolares de otros ámbitos territoriales.