El Vínculo El Vínculo.
Ley Derogada

Artículo 3.

Artículo 3 de la Ley 3/1984, de 9 de mayo, de reconocimiento de la asturianía. · BOE-A-1984-12884

Atención: Ley 3/1984 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El Principado de Asturias promoverá, respetando la autonomía de las Comunidades Asturianas, la participación y colaboración de éstas en la vida social y cultural de Asturias, a cuyo fin se crearán los cauces que permitan y faciliten una recíproca comunicación y mutuo apoyo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1984-05-18.

Más artículos de Ley 3/1984

En El Vínculo puedes leer Ley 3/1984 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.