Artículo 3.
Artículo 3 de la Ley 2/1998, de 19 de febrero, de creación del Colegio de Logopedas de Cataluña. · BOE-A-1998-7342
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-02-28.
Texto consolidado
El Colegio de Logopedas de Cataluña agrupa a las personas que tienen la titulación de Diplomado universitario en Logopedia o un título extranjero equivalente debidamente homologado. La integración debe realizarse de conformidad con lo que dispongan las leyes reguladoras de los colegios profesionales.