Artículo 3.
Artículo 3 de la Ley 2/1990, de 26 de abril, de Salud Escolar. · BOE-A-1990-28242
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1990-06-20.
Texto consolidado
Corresponde a la Junta de Extremadura a través de la Consejería competente por razón de la materia, la planificación, dirección, coordinación, control y evaluación de las actividades reguladas en la presente Ley, sin perjuicio de las funciones que a este respecto, tengan atribuidas la Administración Central y las Corporaciones Locales.