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Ley Vigente

Artículo 3. Obligaciones de información por parte de quienes intervengan en la constitución de sociedades de responsabilidad limitada.

Artículo 3 de la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas. · BOE-A-2022-15818

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-10-19.

Texto consolidado

1. Los notarios y los intermediarios que participen en la creación de las sociedades de responsabilidad limitada deberán informar a los fundadores de las ventajas de emplear los Puntos de Atención al Emprendedor (PAE) y el Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE), para su constitución y la realización de otros trámites ligados al inicio de su actividad.

En particular, deberán informar como mínimo de las siguientes ventajas:

a) Coste y plazos de constitución.

b) Prestación de servicios de información y asesoramiento (incluidas las medidas de apoyo financiero estatales, autonómicas y locales).

c) Cumplimentación automática de las obligaciones en materia tributaria y de Seguridad Social asociadas al inicio de la actividad.

d) Posibilidad de realizar trámites asociados al inicio de la actividad ante autoridades estatales, autonómicas y locales asociadas, mediante la presentación de comunicaciones y declaraciones responsables.

e) Seguimiento del estado de la tramitación ante los organismos competentes.

2. Estas obligaciones de información se completarán mediante desarrollo reglamentario.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-10-19.

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