Artículo 3. Actividad física y deporte.
Artículo 3 de la Ley 16/2018, de 4 de diciembre, de la actividad física y el deporte de Aragón. · BOE-A-2019-993
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-12-20.
Texto consolidado
1. Se entenderá por actividad física el ejercicio desarrollado con el fin de mejorar la condición física, psíquica o emocional, o la ocupación activa del tiempo de ocio.
2. A efectos de la presente ley, se entiende por deporte la actividad física reglamentada cuyo principal objetivo es la participación o consecución de un resultado en competición.