Artículo 3. Principios generales.
Artículo 3 de la Ley 16/2016, de 9 de diciembre, de creación de la Oficina de Prevención y Lucha contra la Corrupción en las Illes Balears. · BOE-A-2017-267
Atención: Ley 16/2016 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Esta ley se inspira en los siguientes principios:
a) Principios de integridad, objetividad, neutralidad, imparcialidad, confidencialidad y dedicación al servicio público.
b) Principios de legalidad, presunción de inocencia, coordinación, eficacia, eficiencia y economía en el cumplimiento de los objetivos y finalidades públicos.
c) Principios de responsabilidad, transparencia y rendición de cuentas.