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Ley Vigente

Artículo 3. Características de las prestaciones de la renta garantizada de ciudadanía.

Artículo 3 de la Ley 14/2017, de 20 de julio, de la renta garantizada de ciudadanía. · BOE-A-2017-9799

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-09-15.

Texto consolidado

1. La prestación garantizada, a la que se refiere el apartado 2.a del artículo 2, es una prestación económica periódica destinada a las personas y unidades familiares que no disponen de los ingresos que les garanticen los mínimos para una vida digna.

2. La prestación complementaria de activación e inserción, a la que se refiere el apartado 2.b del artículo 2, es una prestación económica periódica, de carácter temporal, y tiene como finalidad la inclusión social o laboral. Es evaluable periódicamente, de forma individualizada, y está vinculada a la voluntad explícita de los beneficiarios de realizar las actividades de su plan de trabajo.

3. La renta garantizada de ciudadanía, en atención al objeto y la finalidad de la prestación, no puede ser objeto de cesión, embargo o retención.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-09-15.

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