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Ley Derogada

Artículo 3. Consulta.

Artículo 3 de la Ley 12/2014, de 9 de julio, por la que se regula el procedimiento para la determinación de la representatividad de las organizaciones profesionales agrarias y se crea el Consejo Agrario. · BOE-A-2014-7286

Atención: Ley 12/2014 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La consulta para determinar la representatividad de las organizaciones agrarias se regirá por los siguientes criterios:

a) Se efectuará en todo el territorio del Estado simultáneamente.

b) Se contabilizarán los votos obtenidos por cada organización profesional agraria en todo el Estado.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-07-30.

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