Artículo 3. Sujetos responsables.
Artículo 3 de la Ley 12/1997, de 4 de junio, reguladora de las Actuaciones Inspectoras y de la Potestad Sancionadora en Materia de Depósito de Fianzas de Arrendamiento de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-1998-7942
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-06-11.
Texto consolidado
1. Son sujetos responsables del cumplimiento de la obligación de exigencia y depósito de las fianzas los arrendadores y subarrendadores de fincas urbanas, así como de industrias o negocios que conlleven cesión de uso de las referidas fincas.
2. Las empresas suministradoras y de servicios responden de la obligación de depósito de aquellas fianzas que hubieran exigido.