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Ley Derogada

Artículo 3. Financiación.

Artículo 3 de la Ley 12/1996, de 19 de diciembre, de Ayuda a las Víctimas del Terrorismo. · BOE-A-1997-8289

Atención: Ley 12/1996 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Las ayudas se financiarán con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1997-01-01.

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