Artículo 3. Situación administrativa del personal integrado.
Artículo 3 de la Ley 1/2018, de 5 de marzo, de cuerpos y escalas propios del Consejo Consultivo de las Illes Balears. · BOE-A-2018-4042
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-03-09.
Texto consolidado
El personal funcionario que, de acuerdo con las reglas establecidas en el artículo 1 de la presente ley y en la disposición adicional segunda de la Ley 5/2010 ya mencionada, se integre en los cuerpos del Consejo Consultivo quedará, con respecto a su cuerpo de origen, en la situación administrativa que corresponda.