Artículo 3. Limitación de autorizaciones administrativas.
Artículo 3 de la Ley 1/2001, de 21 de mayo, sobre construcción de edificios aptos para la utilización de energía solar. · BOE-A-2001-12956
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-05-31.
Texto consolidado
1. En aplicación de esta ley, no se concederá licencia municipal, autorización administrativa, ni permiso alguno para la construcción o rehabilitación integral de edificaciones o instalaciones si al correspondiente proyecto arquitectónico o técnico no se une, o se le incorpora, el que prevea la preinstalación de energía solar térmica.
2. Tampoco se concederá licencia, autorización ni permiso algunos para el uso a aquellas edificaciones en cuya ejecución no se haya hecho la mencionada preinstalación.