Artículo 3.
Artículo 3 de la Ley 1/1993, de 26 de marzo, de creación y regulación de la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias. · BOE-A-1993-14771
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1993-04-03.
Texto consolidado
En materia de investigación, corresponde a la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias el desarrollo de las funciones y actividades siguientes:
a) La promoción y ejecución de actividades investigadoras en relación con los problemas y necesidades sociosanitarias de la población canaria, en particular en aquellas áreas marcadamente deficitarias,
b) La creación de un fondo bibliográfico y documental especializado.
c) La dirección y gestión de los fondos de investigación especializados que se establezcan por el Gobierno de Canarias
b) La colaboración con las Instituciones públicas y privadas, y especialmente con las Universidades canarias, para el desarrollo de proyectos y programas mixtos de investigación y de documentación científica y técnica, en los términos y condiciones que se establezcan mediante los correspondientes acuerdos o convenios de cooperación.